SECRETARÍA MUNICIPAL

Actividades que realiza Secretaría Municipal

  1. El Consejo Municipal cuenta con un secretario, quien, a la vez, lo será del alcalde
  2. El secretario municipal debe elaborar acta detallada de cada sesión
  3. Autorizar, conjuntamente con el Alcalde Municipal, todos los libros que deben usarse en la municipalidad, las asociaciones civiles y comités de vecinos que operen en el municipio.
  4. Elaborar, en los libros correspondientes, las actas de las sesiones del Concejo Municipal y autorizarlas, con su firma, al ser aprobadas de conformidad con lo dispuesto en el Código Municipal.
  5. Certificar las actas y resoluciones del alcalde o del Concejo Municipal.
  6. Dirigir y ordenar los trabajos de la Secretaría, bajo la dependencia inmediata del alcalde, cuidando que los empleados cumplan sus obligaciones legales y reglamentarias.
  7. Redactar la memoria anual de labores y presentarla al Concejo Municipal, durante la primera quincena del mes de enero de cada año, remitiendo ejemplares de ella al Organismo Ejecutivo, al Congreso de la República y al Concejo Municipal de Desarrollo y a los medios de comunicación a su alcance.
  8. Asistir a todas las sesiones del Concejo Municipal, con voz informativa, pero sin voto, dándole cuenta de los expedientes, diligencias y demás asuntos, en el orden y forma que indique el alcalde.
  9. Archivar las certificaciones de las actas de cada sesión del Concejo Municipal.
  10. Recolectar, archivar y conservar todos los números del diario oficial.
  11. Organizar, ordenar y mantener el archivo de la municipalidad.
  12. Desempeñar cualquier otra función que le sea asignada por el Concejo Municipal o por el alcalde.
  13. Llevar el control del Registro de Personas jurídicas tales como las asociaciones civiles y comités de vecinos que operen en el municipio.
  14. Se realizan actas de sobrevivencia para jubilados y adulto mayor.
  15. Razón de residencia, siempre y cuando se cumpla con lo requerido.
  16. Registro de matrícula de fierro para marcar ganado.
  17. Todo lo relativo a matrimonios civiles autorizados por el Alcalde Municipal.
  18. Atención al vecino.

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